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Código de Ética y Conducta

Principios

Nuestro propósito en ALMA JAO es posibilitar la curiosidad de la humanidad sobre el Universo y sus orígenes cósmicos.

Para estimular la contribución de todos los integrantes de la organización, nuestras conductas se enmarcarán en nuestros 4 valores fundamentales:

1

El JAO fomenta un entorno laboral en el que todos sean tratados con respeto, cortesía y justicia para permitir su desarrollo profesional y personal.

2

El JAO se enorgullece de contar con un entorno laboral multinacional y multicultural. Las acciones que se consideran apropiadas en una cultura pueden ser ofensivas en otra. Las diferencias individuales pueden causar incertidumbre sobre si una conducta determinada es apropiada o, por el contrario, es ofensiva. Debe evitarse toda conducta que pueda ser razonablemente percibida como ofensiva o intimidatoria por su receptor, independientemente de las intenciones de quien la inicie.

3

La diversidad y la inclusión son valores fundamentales del Observatorio. El JAO reconoce que las diferencias relacionadas con orígenes culturales o de nacionalidad, raza, sexo, aptitudes profesionales y otros enriquecen nuestro lugar de trabajo ya que aportan perspectiva y habilidades diferentes.

4

Los equipos y el personal que aprecian y aceptan la cooperación de otros, proporcionando un refuerzo positivo, son fundamentales para cumplir la misión del Observatorio. De esta manera, el JAO invita a todo su personal a dar su opinión constructiva, a respetar diferencias y a abstenerse de cualquier forma de discriminación o abuso arbitrario. Cualquier ofensa, tratamiento irrespetuoso o comportamiento desagradable es una violación de este principio.

5

El JAO fomenta la seguridad en el lugar de trabajo, la lealtad y las relaciones de confianza entre sus colaboradores, así como el trabajo en equipo y la constancia en el logro de las metas y objetivos del Observatorio, todo ello en un marco de mejora y optimización de los procesos.

6

El JAO fomenta la honestidad, de modo que sus colaboradores sean capaces de proporcionar información oportuna y confiable para tomar decisiones de forma apropiada. Un error -que no se deba a una negligencia grave o a un engaño- no se sanciona; pero sí su encubrimiento.

7

ALMA es un proyecto científico sin fines de lucro y financiado públicamente. El uso eficiente y transparente de los recursos es fundamental para proporcionar conocimiento de una manera sostenible. Cualquier conflicto de interés debe ser comunicado.

8

El JAO es consciente del entorno alrededor de sus instalaciones en el norte de Chile, del valor natural y cultural que posee, que lo convierte en un lugar único en el mundo. Sus operaciones deben respetar esta riqueza, minimizando cualquier impacto medioambiental y asegurando que los compromisos ambientales asumidos por los Ejecutivos sean cumplidos en cada actividad realizada y por todos los colaboradores del Observatorio.

9

El Observatorio está ubicado en territorio indígena. El personal del JAO debe respetar la cultura atacameña y su patrimonio ancestral dentro y fuera del Observatorio.

Principios básicos y procedimientos para denunciar, resolver y sancionar el acoso laboral o sexual, discriminación, bullying o cualquier otra conducta definida por este Código:

Privacidad Los procedimientos deben ser discretos para asegurar la estricta confidencialidad de la información y los detalles de cada caso, garantizando la dignidad y la integridad de todos los implicados. La información proporcionada durante los procedimientos formales sólo será revelada cuando sea estrictamente necesario, y se espera que se mantenga en privado.
Imparcialidad Debe asegurarse que el proceso se basa en criterios objetivos y bien fundamentados, libres de prejuicios, sesgos o preferencias arbitrarias respecto de cualquiera de las personas involucradas, evitando así cualquier tipo de discriminación.
Respuesta rápida Los procedimientos de denuncia, resolución y sanción deben llevarse a cabo sin demoras innecesarias, teniendo en cuenta su urgencia y evitando un proceso burocrático excesivo que pueda impedir una pronta resolución del caso.
Buena fe Cada proceso debe ser llevado a cabo con seriedad y responsabilidad de manera justa y honesta por todos los involucrados.
Las denuncias de buena fe no serán objeto de medidas disciplinarias. Sólo las denuncias que el denunciante supiera que eran falsas, hechas con intención maliciosa, podrán ser sujetas a medidas disciplinarias de acuerdo con el Reglamento Interno del Personal Local o el Reglamento Interno de cada Ejecutivo en relación con el Personal Internacional.

 

Presunción de inocencia Cualquier miembro del personal que sea objeto de investigación a través de los canales formales mencionados en este Código será considerado inocente hasta que se demuestre lo contrario, de acuerdo con los principios de imparcialidad y buena fe.
Prohibición de represalias No se tomará, recomendará o amenazará con tomar ninguna medida perjudicial directa o indirecta contra nadie, como consecuencia de informar de buena fe sobre una violación de este Código. Este Código y los procedimientos de denuncia deben inspirar la confianza necesaria al personal del JAO para confrontar una conducta hostil a través de la denuncia, sin temor a represalias personales o profesionales. Las represalias pueden ser objeto de medidas disciplinarias en conformidad con el Reglamento Interno para el Personal Local o los Reglamentos Internos de cada ejecutivo relativos al Personal Internacional.

 

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